El pacto de permanencia significa que los inversionistas deberán mantener sus aportes por un plazo de permanencia de dos (2) años y en caso de retirarlos antes de los dos años deberán asumir la penalidad que se estableció en el Reglamento del Fondo.
El pacto de permanencia significa que los inversionistas deberán mantener sus aportes por un plazo de permanencia de dos (2) años y en caso de retirarlos antes de los dos años deberán asumir la penalidad que se estableció en el Reglamento del Fondo.
Actividad de Asesoría:
Teniendo en cuenta que Retiro, en los términos del decreto 2555 del 2010, es un producto clasificado como Universal, Fiduciaria Caja Social no tiene la obligación de suministrar recomendación profesional a sus clientes.
Construir para el futuro
FIC Retiro es un producto para todos
Plazo de inversión
Libertad para uso del dinero
Protección
Facilidad para realizar sus pagos
Rentabilidad
Información permanente y en línea
Comisión de administración se liquida y cobra diariamente
Retención sobre rendimientos que se cobran al momento del retiro de los recursos
(COP)
Nuestro equipo de expertos de inversiones está siempre atento a lo que sucede en el mercado para tomar las mejores decisiones para nuestro Fondo.
Estimado inversionista:
Queremos informarle que, a partir de febrero de 2025, Fiduciaria Caja Social dejará de enviarle los extractos físicos de su Fondo de Inversión Colectiva. Por eso, lo invitamos a consultar sus movimientos de forma fácil y segura a través de las siguientes opciones:
Aquí encontrará la composición del portafolio de Retiro por tipo de inversión, plazo, moneda y tasa.
Reglamento Retiro fondo de inversión colectiva abierto con pacto de permanencia de 2 años
Prospecto para informar a los posibles inversores sobre cómo funciona y qué implica participar en este fondo
Lista que enumera las fichas técnicas de Retiro correspondientes a cada mes.
Conozca los documentos modificados
Si, puede ahorrar e invertir en el fondo de inversión colectiva Retiro ya que este es un ahorro adicional e independiente de los fondos de pensiones obligatorias y voluntarias y de la legislación pensional de Colombia.
Solo se permite un titular por encargo y debe ser persona natural.
De 2 a 20 años. El cliente define el plazo de inversión de acuerdo con su edad y con los años que le faltan para su retiro laboral.
El cliente se compromete a hacer aportes mensuales por el plazo que el defina entre 2 y 20 años. Tiene la opción de inscribir su cuenta para débito automático y puede escoger cualquiera de los siguientes días para que se le debite el aporte de su cuenta 5, 10, 15, 25 y 30 de cada mes. Puede inscribir para el débito automático la cuenta del Banco Caja Social o de cualquier otro Banco adscrito a la red ACH.
Si es durante los primeros 2 años desde la vinculación, al cliente se le descontará el 1% sobre el valor del retiro más el 4% de retención en la fuente sobre los rendimientos. Si es después de los 2 años desde la vinculación, al cliente únicamente se descontará el 4% de retención en la fuente sobre los rendimientos.
Es un fondo de inversión conservador. El fondo invierte principalmente en CDTs, cuentas de ahorros y títulos del gobierno TES, este fondo no tiene inversiones en instrumentos considerados de alto riesgo.
El cliente puede hacer retiros del fondo los días hábiles de 8:00 a.m. a 1:00 p.m., en cualquiera de sus oficinas a nivel nacional.